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Retribuciones

  • De acuerdo con los vigentes Estatutos Colegiales, el desempeño de los cargos de la Junta Directiva lo será a título gratuito, aunque no oneroso, y será incompatible con cualquier cargo retribuido del Colegio. Los miembros de dicho órgano no reciben retribución por el desempeño de sus funciones.
  • En cumplimiento del aparatado 1.f del artículo 8 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, las retribuciones percibidas anualmente por el cargo de gerente como alto cargo de la entidad, deberán publicarse. El cargo de gerente se encuentra vacante.

Histórico: descarga archivo en formato (*.docx) y (*.odt).

Última actualización miércoles, 10 de septiembre de 2025.